En este artículo, exploraremos los argumentos que respaldan la legalidad de los burós de crédito en Venezuela, particularmente, lo que ofrece Acredita a instituciones bancarias y demás proveedores a través de nuestro servicio Credidata también conocido como “Buró de Crédito”.
En Acredita, constituida en Venezuela desde 1998, nos especializamos en proveer servicios de consultoría así como diferentes servicios y herramientas para la evaluación y gestión de riesgo crediticio. A lo largo de los años, hemos trabajado por ofrecer a bancos públicos y privados, comercios y entidades de crédito el servicio Credidata; una herramienta por medio de la cual tienen la capacidad de generar reportes con las historias de crédito de sus clientes, todo ello de una forma privada, para fines restringidos, sin revelación de información confidencial, y respetando en todo momento los derechos de los usuarios.
Las historias de crédito son herramientas que permiten a los bancos evaluar el riesgo crediticio de sus clientes basándose en sus hábitos de pago y niveles de endeudamiento. Estos informes resumen las obligaciones crediticias y cómo han sido pagadas, ayudando a los Bancos a evaluar el riesgo de cada cliente. Además, proporcionan información sobre qué bancos han consultado la historia de crédito de un cliente.
Los manuales operativos y procesos de Acredita han sido aprobados por la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario. En el buró de crédito participan actualmente 78 clientes, incluyendo bancos estatales y privados, con alrededor de 89,000 solicitudes de consultas mensuales.
Adicional a esto, la legitimidad del buró de crédito se basa en tres criterios principales:
- Leyes bancarias aplicables
- Normativas prudenciales de Sudeban
- Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
En Venezuela, la normativa bancaria establece que los bancos deben realizar evaluaciones crediticias para otorgar créditos, considerando la capacidad de pago del deudor (Ley de Bancos, artículo 62). Además, deben cumplir estrictas obligaciones de monitoreo y gestión de riesgos (Resoluciones de Sudeban No. 136.03 y No. 136.15). En este contexto, Acredita ofrece historias de crédito como herramientas para evaluaciones de riesgo, conforme a las normativas y autorizaciones de Sudeban.
Los bancos pueden contratar servicios de asesoría financiera, y las metodologías deben ser aprobadas por Sudeban (Normas de Riesgos, artículo 11). Acredita, al ofrecer historias de crédito y scores de riesgos, cumple con las metodologías aprobadas y la protección de usuarios.
El intercambio de información a través de historias de crédito cumple con las leyes, permitiendo a los bancos compartir información con autorización escrita de los clientes (Ley de Bancos, artículo 90; Ley de Tarjetas de Crédito, artículo 62). Los contratos entre tarjetahabientes y bancos, aprobados por Sudeban, autoriza el intercambio de información.
Credidata respeta el derecho de acceso a la información de los clientes según la Constitución Nacional (artículo 28). Sudeban reconoce la legalidad de los sistemas de protección de usuarios de Acredita.
En Acredita se cumple rigurosamente con los principios de recopilación y protección de datos personales, reconocidos por la Sala Constitucional del TSJ. Los clientes tienen pleno acceso y control sobre su información en el buró de crédito, incluyendo el derecho de corregir o eliminar su información.
Las sentencias del TSJ subrayan la importancia y legalidad de los burós de crédito y servicios como Credidata, destacando su contribución a la operatividad de los bancos y la reducción de incertidumbre en la recuperación de créditos, beneficiando el desarrollo económico del país.
Finalmente, argumentos prácticos respaldan la legalidad del buró de crédito, como la participación activa de importantes bancos públicos, la colaboración con autoridades estatales en investigaciones policiales, y la presentación de políticas de seguridad e información a Sudeban para operar como Institución de Tecnología Financiera sin objeciones hasta la fecha.